Qué es
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una revisión periódica del estado de conservación de un edificio: estructura, fachadas, cubiertas e instalaciones comunes. Su objetivo es detectar a tiempo los daños que pueden afectar a la seguridad de las personas y a la durabilidad del inmueble.
El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) se creó con el Real Decreto 233/2013 y la legislación estatal de rehabilitación. Además del estado de conservación, valora la accesibilidad del edificio y su eficiencia energética. Hoy se exige sobre todo para solicitar ayudas públicas a la rehabilitación y en los casos en que lo pida la normativa autonómica o municipal.
La obligación concreta de pasar la ITE, la antigüedad a partir de la cual se exige y la periodicidad dependen de la ordenanza de cada ayuntamiento. Antes de nada compruebo qué te pide tu municipio y qué documento te conviene.
Lo necesitas si…
- El ayuntamiento ha requerido a tu comunidad que presente la ITE.
- Tu edificio ha alcanzado la antigüedad que marca la ordenanza municipal.
- La comunidad quiere pedir ayudas para rehabilitar o mejorar la eficiencia energética.
- Hay desprendimientos en fachada o balcones y queréis saber el alcance.
- Queréis planificar las obras de los próximos años con un orden lógico.
Qué incluye
- Revisión de la documentación del edificio y de inspecciones anteriores.
- Inspección de estructura, fachadas, cubiertas, zonas comunes e instalaciones.
- Clasificación de las deficiencias por gravedad y urgencia.
- Evaluación de accesibilidad y certificado energético en el caso del IEE.
- Propuesta de actuaciones con prioridades.
- Presentación del informe en el ayuntamiento cuando corresponde.
Cómo lo hago
Consulta de requisitos
Compruebo qué exige tu ayuntamiento y si necesitas ITE, IEE o ambos.
Inspección
Recorro el edificio con el presidente o el administrador y accedo a cubiertas, fachadas y zonas comunes.
Informe
Redacto el informe con fotografías, deficiencias y recomendaciones.
Presentación y explicación
Presento el informe donde corresponda y lo explico en la junta si la comunidad lo necesita.
Qué documentación necesito
- Datos de la comunidad y del administrador.
- Requerimiento del ayuntamiento, si lo hay.
- Inspecciones o informes anteriores.
- Proyecto del edificio o planos, si están disponibles.
- Relación de obras recientes en elementos comunes.
Si te falta algo, no pasa nada: muchos documentos los puedo pedir yo al Catastro, al Registro o al Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la ITE en Almería?
Depende del municipio y de la antigüedad del edificio. La obligación la fija cada ayuntamiento en su ordenanza, dentro del deber de conservación que establece la legislación urbanística andaluza. Te confirmo qué se aplica a tu edificio antes de empezar.
¿Qué pasa si la ITE sale desfavorable?
La comunidad debe hacer las reparaciones indicadas en los plazos que marque el informe o el ayuntamiento. Un resultado desfavorable no significa que el edificio sea peligroso, sino que hay deficiencias que corregir. Si hay riesgo inmediato, lo indico expresamente para que se actúe enseguida.
¿Necesito el IEE para pedir ayudas de rehabilitación?
En muchos programas de ayudas a la rehabilitación de edificios residenciales se pide el IEE o un documento equivalente sobre el estado del edificio. Las bases de cada convocatoria lo concretan.
¿Quién paga la ITE?
La comunidad de propietarios, como gasto común del edificio. En viviendas unifamiliares, el propietario.